Estas son las novedades que trae la nueva Ley del Alquiler en Cataluña

Fecha: 22-10-2020 Autor: turrobcn
Estas son las novedades que trae la nueva Ley del Alquiler en Cataluña

El 22 de septiembre de este año, se publicó en el Diario Oficial de Cataluña la nueva ley 11/2020 que establece limitaciones a las rentas en los contratos de arrendamiento en Cataluña. En Turró te contamos las novedades que trae la nueva ley del alquiler en Cataluña.

 

Esta nueva norma no va a afectar a todos los contratos, sino que tendrán que ser los contratos de vivienda arrendada que estén destinadas a residencia permanente del arrendatario o viviendas que estén situadas en un área declarada como área con mercado de vivienda tenso.

Por otro lado, no se tendrán en cuenta, aunque cumplan los requisitos anteriores, los contratos que estén suscritos antes del 1 de enero de 1995 y los que estén sujetos a regímenes especiales de determinación de la renta.

 

La Ley tampoco afecta a todo el territorio catalán, sino a 60 municipios con más de 20.000 personas, entre los que se encuentran las cuatro capitales de provincia: Barcelona, Tarragona, Girona y Lleida.

 

A partir de esta ley, todos los propietarios tendrán que definir el precio teniendo en cuenta el Índice de Referencia de Precios de Alquiler de Vivienda que establece la Generalitat, y que solamente podrá incrementarse si ocurren dos casos: si durante el último año se han realizado obras en la vivienda para mejorar su habitabilidad, seguridad y confortabilidad o eficiencia energética o si la vivienda tiene al menos tres de las siguientes características: ascensor, aparcamiento, muebles, sistema de calefacción o aire acondicionado, zonas comunitarias, vistas especiales o servicios en el edificio, en cuyo caso, se podrá aumentar el precio en hasta un 5%.

En el caso de que se trate de una vivienda nueva, la renta durante los 5 años posteriores a la obtención del certificado de final de obra podrá ser algo más elevada.

 

No obstante, es muy importante cumplir la norma ya que la ley prevé sanciones que van desde leves a graves y que pueden llegar hasta los 90.000€.

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